Art. Disposición final primera
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 19 oct 2002
La organización y funcionamiento del Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información no supondrán incremento del gasto público. El funcionamiento de la Secretaría del Consejo se atenderá con los medios personales y materiales actuales de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.
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