Art. Disposición derogatoria única

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 3 nov 2011
1. Queda derogada la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 21 de diciembre de 1988 por la que se determina la parrilla de clasificación de canales de cerdo. 2. Queda derogada la disposición adicional única del Real Decreto 225/2008, de 15 de febrero, por el que se completa la aplicación del modelo comunitario de clasificación de las canales de vacuno pesado y se regula el registro de los precios de mercado.
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