Art. 8
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Órganos de Gobierno

Art. 8

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En vigor desde 9 dic 2025
1. La Presidencia será ejercida por la persona titular de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. 2. Corresponde a la Presidencia: a) Ostentar la representación del Consejo Rector y dirigir y presidir sus sesiones. b) Convocar las sesiones del Consejo Rector y fijar el orden del día. c) Velar por la consecución de los objetivos asignados a la Agencia. d) Ostentar la representación institucional de la Agencia, sin perjuicio de las funciones de representación legal que corresponden a la Dirección. e) Informar al Congreso y al Senado sobre la gestión de la Agencia cuando fuere requerido para ello. f) Informar, al Ministerio de adscripción, al Ministerio de Hacienda y al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, acerca de la ejecución y cumplimiento de los objetivos fijados en el contrato de gestión. g) Presentar, al titular del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, el informe anual de actividad aprobado por el Consejo Rector, para su posterior remisión al Parlamento. h) Ejercer las demás facultades y funciones que le atribuyan el presente estatuto, el Consejo Rector y las disposiciones vigentes. i) Velar por el cumplimiento del presente estatuto y de sus normas de desarrollo. 3. En caso de ausencia, vacancia o enfermedad, le sustituirá la persona que ocupe la Vicepresidencia del Consejo Rector.
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