Art. Disposición adicional única

Art. Disposición adicional única

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En vigor desde 4 ago 2011
En el plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor de este Real Decreto el Ministerio de Educación iniciará el proceso de autocertificación del MECES con el Marco Europeo de Cualificaciones para la Educación Superior, de conformidad con los criterios acordados en las reuniones ministeriales de Bergen (2005) y Londres (2007).
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