Art. Disposición final tercera

Art. Disposición final tercera

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En vigor desde 14 abr 2013
Se autoriza al Ministro de Industria, Energía y Turismo para que inscriba en el Registro general de documentos reconocidos del Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE) los documentos a que se hace referencia en el artículo 6 de dicho reglamento. Se modifica la mención al Ministro de Industria, Turismo y Comercio por el .1.b) del Real Decreto 238/2013, de 5 de abril. Ref. BOE-A-2013-3905 .

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eli/es/rd/2007/07/20/1027#disposicion-final-tercera