Art. 30
Capítulo Capítulo IIISecc. Sección 1. Programas de apoyo a las enseñanzas de español

Art. 30

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En vigor desde 7 ago 1993
La constitución de bases de datos informatizadas para la enseñanza de la lengua y la cultura españolas en sistemas educativos extranjeros tendrá como objeto facilitar información, materiales y recursos didácticos a instituciones y centros de enseñanza.
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