Art. 29
Capítulo Capítulo IIISecc. Sección 1. Programas de apoyo a las enseñanzas de español

Art. 29

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En vigor desde 7 ago 1993
El Ministerio de Educación y Ciencia podrá establecer fórmulas de colaboración con órganos de las Administraciones extranjeras respectivas, así como con instituciones docentes y de investigación, tendentes a mejorar la oferta de enseñanzas de lengua y cultura españolas en los sistemas educativos extranjeros.
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eli/es/rd/1993/06/25/1027#art-29