Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 5.ª De la Patente de Navegación
Art. 25
26 / 72En vigor desde 16 ago 1989
La Patente de Navegación otorgada por el Ministro de Transportes, Turismo y Comunicaciones, y expedida por el Director general de la Marina Mercante a favor de un buque determinado, es el documento que autoriza al buque para navegar por los mares bajo pabellón español y legitima al Capitán para el ejercicio de sus funciones a bordo de dicho buque.
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Proeli/es/rd/1989/07/28/1027#art-25