Capítulo Normas estatutarias de la mutualidad general judicial›Secc. Sección 5.ª Adquisición, administración y disposición de los bienes patrimoniales
Art. 131
136 / 152En vigor desde 22 may 2026
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.2 del Real Decreto 397/2026, de 20 de mayo. Ref. BOE-A-2026-10882#dd
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2011/07/15/1026#art-131