Art. 5
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 5

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En vigor desde 8 dic 2015
1. El presidente ostenta la representación del Consejo Asesor, fija el orden del día del Consejo Asesor, convoca y preside las sesiones, dirime las votaciones en caso de empate y, en su caso, dispone la ejecución de los acuerdos. 2. El vicepresidente sustituirá al presidente en caso de vacante, ausencia o enfermedad. Por otra parte, realizará las funciones que la presidencia le haya delegado.
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