Art. 372
Libro TRATADO SEGUNDOTítulo TITULO XSecc. Del régimen interior

Art. 372

Derogado387 / 665
En vigor desde 31 may 1984
El Jefe del acuartelamiento de varias Unidades establecerá las normas que afecten al conjunto, determinando las actividades que deban ser comunes y su distribución, cuando sea necesario, en coordinación con los Mandos de aquéllas.
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eli/es/rd/1984/05/23/1024#art-372