Libro TRATADO SEGUNDO›Título TITULO IX›Secc. Conceptos generales
Art. 276
Derogado290 / 665En vigor desde 31 may 1984
La plantilla del buque se establecerá a partir de los puestos que se deben cubrir en zafarrancho le combate en cuya situación debe poder utilizarse su máxima capacidad combativa. Se tendrá en cuenta el incremento que puede ser necesario para realizar el desdoblamiento en vigilancias, en las cuales estarán cubiertas las armas y servicios correspondientes.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 148, de 21 de junio de 1984. Ref. BOE-A-1984-14098 .
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Proeli/es/rd/1984/05/23/1024#art-276