Art. 261
Libro TRATADO SEGUNDOTítulo TÍTULO VIII

Art. 261

Derogado275 / 665
En vigor desde 31 may 1984
Durante el relevo –que se ajustará en lo posible a lo que se establece para el buque de guerra en el título IX de este Tratado–, el Comandante de la Guardia saliente informará al entrante de las novedades habidas, así como de las instrucciones recibidas. Efectuado éste darán las novedades al Mando o, en su ausencia, al Segundo, quien prevendrá al entrante de aquellos asuntos que considere merecen especial atención .
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eli/es/rd/1984/05/23/1024#art-261