Art. 238
Libro TRATADO SEGUNDOTítulo TITULO VII

Art. 238

Derogado251 / 665
En vigor desde 31 may 1984
Cuando las Clases de Marinería y Tropa acudan al comedor en formación, lo harán al mando del Suboficial de Guardia Interior, quien, en todo caso, presenciará el reparto de la comida.
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eli/es/rd/1984/05/23/1024#art-238