Art. 237
Libro TRATADO SEGUNDOTítulo TITULO VII

Art. 237

Derogado250 / 665
En vigor desde 31 may 1984
El toque a repartir o fajina señalará el inicio del período de tiempo en el que se servirá la comida al personal, de manera organizada, compaginando las posibilidades de las cocinas y comedores con las necesidades del servicio.
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eli/es/rd/1984/05/23/1024#art-237