Libro TRATADO PRIMERO›Título TITULO V›Secc. Del Comandante de Aeronave
Art. 188
Derogado199 / 665En vigor desde 31 may 1984
En situaciones de emergencia adoptará las medidas adecuadas para asegurar el cumplimiento de la misión. Si ello no es posible, intentará salvar la aeronave o al menos evitar mayores daños, dando la orden de abandonarla cuando la situación así lo aconseje, y de que se haga en el orden previamente fijado, siendo el último en hacerlo, salvo que razones técnicas obliguen a otra secuencia.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1984/05/23/1024#art-188