Libro TRATADO PRIMERO›Título TITULO V›Secc. Del Comandante de Aeronave
Art. 182
Derogado193 / 665En vigor desde 31 may 1984
El Comandante de una aeronave aislada asumirá las responsabilidades que se establecen para el Comandante de Vuelo en este Título.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1984/05/23/1024#art-182