Art. 170
Libro TRATADO PRIMEROTítulo TITULO VSecc. Del Comandante de Vuelo

Art. 170

Derogado181 / 665
En vigor desde 31 may 1984
El Comandante de Vuelo es el Oficial Piloto Naval designado para llevar a cabo una misión al mando de una o varias aeronaves. De no hacerse designación expresa, lo será el Comandante de Aeronave de superior empleo o mayor antigüedad de los empeñados en la misión.
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eli/es/rd/1984/05/23/1024#art-170