Art. 155
Libro TRATADO PRIMEROTítulo TITULO IVSecc. Del Mando de Tercio o Agrupación

Art. 155

Derogado165 / 665
En vigor desde 31 may 1984
Dedicará la atención necesaria a la conservación de la tradición y símbolos de la Unidad, tales como Historial, Guión, Libro de Honor y otros que contribuyen a fomentar el espíritu del Cuerpo. Celebrará cuantos actos considere necesarios para elevar la moral del personal.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1984/05/23/1024#art-155