Libro TRATADO PRIMERO›Título TITULO IV›Secc. Del Mando de Tercio o Agrupación
Art. 152
Derogado162 / 665En vigor desde 31 may 1984
En todo lo que se refiere al régimen interior de la Unidad se atendrá a lo dispuesto en estas Reales Ordenanzas y a las órdenes específicas que reciba. Se asegurará de que todos los servicios tienen las instrucciones precisas para su funcionamiento.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1984/05/23/1024#art-152