Libro TRATADO PRIMERO›Título TITULO III
Art. 129
Derogado137 / 665En vigor desde 31 may 1984
Rendirá puntual y exactamente los Informes Personales de sus Oficiales y velará porque éstos rindan en igual forma los que les correspondan.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1984/05/23/1024#art-129