Art. 9
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 9

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En vigor desde 13 ene 2023
1. El interesado presentará la solicitud para la licencia del uso de la marca «Reservas de la Biosfera Españolas» junto con la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos que figuran en el artículo 10 y, en su caso, los exigidos por la propia Reserva, exclusivamente por medios electrónicos a través del registro electrónico del órgano de gestión de la Reserva de la Biosfera a la que pertenezca el municipio donde tenga lugar la producción o la oferta del servicio turístico, o donde esté registrada la empresa. Únicamente en el caso de que el solicitante sea una persona física podrá optar por la tramitación no electrónica, pudiendo presentar la solicitud en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 2. La presentación de la solicitud de licencia de uso de la marca «Reservas de la Biosfera Españolas» implica la autorización al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para recabar información en la plataforma de intermediación de datos de verificación de identidad y de poderes notariales de la persona física o jurídica referida en el artículo 4. 3. El modelo de solicitud se encuentra recogido en el anexo II.
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eli/es/rd/2022/12/13/1022#art-9