Art. Norma 16
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Norma 16

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En vigor desde 1 ene 2008
1. Considerando todos los factores que intervienen en la formación del valor del producto inmobiliario, se establece la siguiente expresión: V v =1,40 [V R + V C ] F L en la que: V V = Valor en venta del producto inmobiliario, en euros/m 2 construido. V R = Valor de repercusión del suelo en euros/m 2 construido. V C = Valor de la construcción en euros/m 2 construido. F L = Factor de localización, que evalúa las diferencias de valor de productos inmobiliarios análogos por su ubicación, características constructivas y circunstancias socio-económicas de carácter local que afecten a la producción inmobiliaria. Las cuantías de este coeficiente estarán comprendidas entre las siguientes: 1,2857 ≥ F L ≥ 0,7143 2. En relación con los conceptos contenidos en la norma 15, apartados 2 y 3, los módulos básicos de repercusión de suelo (MBR) y construcción (MBC) correspondientes a las distintas áreas económicas homogéneas serán: MBR i = M x Fs i MBC i = M x Fc i en la que F si y F ci son factores que diversifican los componentes de suelo y construcción del módulo M al que se refiere el artículo 2 de este real decreto, de acuerdo con las secuencias siguientes: F si : 1,70-1,20-0,80-0,45-0,21-0,10-0,0378 F ci : 0,70-0,65-0,60-0,55-0,50-0,45-0,40 Los valores de MBC i resultantes de esta diversificación podrán incrementarse por acuerdo de la Comisión Superior de Coordinación Inmobiliaria, según los análisis de mercado que al efecto se realicen por la Dirección General del Catastro, mediante la aplicación de coeficientes comprendidos entre los máximos y mínimos que se incluyen en el cuadro siguiente: Módulo Básico de Construcción (MBC) Coeficientes MBC1 1,00-1,36 MBC2 1,00-1,31 MBC3 1,00-1,29 MBC4 1,00-1,27 MBC5 1,00-1,24 MBC6 1,00-1,22 MBC7 1,00-1,20 Se modifica por la disposición adicional 1.1 del Real Decreto 1464/2007, de 2 de noviembre. Ref. BOE-A-2007-19881 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1993/06/25/1020#norma-16