Título TÍTULO XII›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 4.ª De la Comisión Permanente del Consejo General
Art. 13
Derogado105 / 119En vigor desde 29 may 1980
a) El Presidente.
b) El Vicepresidente.
c) El Secretario general.
d) El Vicesecretario general.
e) El Tesorero-Contador.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1980/05/19/1018#art-13-1