Art. 57
Capítulo CAPÍTULO VIIISecc. Sección 1.ª Principios de la resolución de grupo

Art. 57

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En vigor desde 24 nov 2021
1. Cuando las autoridades nacionales de resolución españolas actúen como autoridades de resolución a nivel de grupo, la autoridad de resolución preventiva competente, constituirá colegios de autoridades de resolución que desempeñen las funciones previstas en los artículos 14, 16, 18, 20.3 y 44 de la Ley 11/2015, de 18 de junio. En todo caso, el FROB y la autoridad de resolución preventiva competente, cooperarán mutuamente y se coordinarán con las autoridades de resolución de terceros países para participar en los colegios de autoridades de resolución que se constituyan. 2. Los colegios de autoridades de resolución constituirán el marco en el que las autoridades de supervisión y de resolución competentes desempeñarán las funciones siguientes: a) El intercambio de información pertinente para el desarrollo de los planes de resolución de grupos, la aplicación de medidas preparatorias o preventivas y la resolución de grupos. b) El desarrollo de los planes de resolución de grupos. c) El análisis de la evaluación de la resolubilidad de grupos. d) El ejercicio de las competencias para afrontar y eliminar los obstáculos a la resolubilidad de grupos. e) La toma de decisiones sobre la necesidad de establecer un esquema de resolución de grupo, de acuerdo con los artículos 62 y 63. f) La obtención de un acuerdo sobre el esquema de resolución de grupo propuesto. g) La coordinación de la comunicación pública de estrategias y esquemas de resolución de grupo. h) La coordinación del uso de los mecanismos de financiación. i) La determinación del requerimiento mínimo de fondos propios y pasivos admisibles para los grupos a nivel consolidado y de filial. 3. Los colegios podrán utilizarse como foros para debatir cualquier asunto relacionado con la resolución de grupos transfronterizos. Se modifica el apartado 1 por el .13 del Real Decreto 1041/2021, de 23 de noviembre. Ref. BOE-A-2021-19307#as

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eli/es/rd/2015/11/06/1012#art-57