Art. Disposición final quinta
18 / 20En vigor desde 21 jun 2009
Este real decreto tiene carácter básico y se dicta al amparo de lo establecido en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y el artículo 149.1.25.ª de la Constitución, por el cual corresponde al Estado la competencia exclusiva sobre las bases del régimen minero y energético.
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Proeli/es/rd/2009/06/19/1011#disposicion-final-quinta