Art. 21

Art. 21

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En vigor desde 29 nov 2024
El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos: A) La Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, de la que dependen la Dirección General de Ordenación de los Servicios de Digitalización y de Comunicación Audiovisual, la Dirección General de Inteligencia Artificial y la Dirección General del Dato. B) La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, de la que depende la Secretaría General de Telecomunicaciones, Infraestructuras Digitales y Seguridad Digital. C) La Secretaría de Estado de Función Pública, de la que dependen la Dirección General de Función Pública, con rango de subsecretaría, y la Dirección General de Gobernanza Pública. Asimismo, depende de esta Secretaría de Estado la Oficina de Conflictos de Intereses, con rango de Dirección General. D) La Subsecretaría para la Transformación Digital y de la Función Pública, de la que depende la Secretaría General Técnica. Se modifica por el del Real Decreto 1185/2024, de 28 de noviembre. Ref. BOE-A-2024-24853 Esta modificación de la letra C) entra en vigor, según establece la disposición final única del citado Real Decreto, con la constitución efectiva de la Agencia Estatal de Administración Digital, que tuvo lugar el 21 de febrero de 2025. Ref. BOE-A-2025-3627 Se modifica por la disposición final 2 del Real Decreto 1118/2024, de 5 de noviembre. Ref. BOE-A-2024-22929#df-2 Esta modificación entra en vigor cuando se produzca la constitución efectiva de la Agencia Estatal de Administración Digital y la consiguiente supresión de la Secretaría General de Administración Digital, según establece la disposición final 6 del citado Real Decreto. Se modifica por la disposición final 3.1 del Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero. Ref. BOE-A-2024-3796#df-3

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Pro

eli/es/rd/2023/12/05/1009#art-21