Art. Disposición final cuarta

Art. Disposición final cuarta

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En vigor desde 2 dic 2021
Las referencias al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, deben entenderse hechas al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Se añade por el .11 del Real Decreto 1056/2021, de 30 de noviembre de 2021. Ref. BOE-A-2021-19800

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eli/es/rd/2015/11/06/1009#disposicion-final-cuarta