Art. 28
Capítulo CAPÍTULO VI

Art. 28

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En vigor desde 23 dic 2014
La Comisión de Riesgos por cuenta del Estado, creada por la Ley 8/2014, de 22 de abril, como órgano colegiado interministerial adscrito al Ministerio de Economía y Competitividad a través de la Secretaría de Estado de Comercio es el órgano a través del cual la Administración General del Estado participa, controla y ejerce un seguimiento de la gestión que realice el Agente Gestor en su actividad para la cobertura de riesgos por cuenta del Estado. A tales efectos, es el órgano de relación y coordinación entre la Administración General del Estado y el Agente Gestor.
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eli/es/rd/2014/12/05/1006#art-28