Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 28En vigor desde 7 ago 2010
1. El presente real decreto tiene por objeto la regulación de los requisitos y el procedimiento para la expedición de los títulos correspondientes a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, Máster y Doctorado, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 3.2 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
2. Asimismo mediante esta norma se establecen las condiciones y el procedimiento por el que las universidades españolas podrán expedir el Suplemento Europeo al Título de dichas enseñanzas, con el fin de promover la movilidad de titulados en el espacio europeo de educación superior.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2010/08/05/1002#art-1