Art. Disposición final segunda
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final segunda

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En vigor desde 7 ago 2010
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.20ª y 7 de la Constitución, que atribuye al Estado competencia exclusiva en materia de control del espacio aéreo, tránsito y transporte aéreo y en materia de legislación laboral.
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eli/es/rd/2010/08/05/1001#disposicion-final-segunda