Art. Disposición derogatoria única

Art. Disposición derogatoria única

2 / 65
En vigor desde 10 oct 2002
Quedan derogados los Estatutos provisionales del Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas, publicados, por Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo de 24 de noviembre de 1999, en el «Boletín Oficial del Estado» del día 15 de diciembre del mismo año.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2002/09/27/1001#disposicion-derogatoria-unica