Art. 24
Libro ANEXO IICapítulo CAPÍTULO VISecc. Sección II. Autorizaciones y concesiones

Art. 24

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En vigor desde 20 ene 2016
En los expedientes de otorgamiento, revisión, modificación y novación de concesiones, y salvo justificación en contrario, se utilizarán las dotaciones netas establecidas en el apéndice 11.5.
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eli/es/rd/2016/01/08/1#art-24-1