Art. 37
Capítulo CAPÍTULO IX

Art. 37

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En vigor desde 12 mar 2010
Ningún elemento relacionado con las entradas y salidas de vehículos (puertas, vados, etc.) podrá invadir el espacio del itinerario peatonal accesible, y además cumplirá lo dispuesto en los artículos 13 y 42.
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eli/es/o/2010/02/01/viv561#art-37