Art. 1
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 2 ene 2021
Esta orden tiene por objeto garantizar la seguridad en el suministro de combustible para la aviación civil, desde la producción o importación hasta su puesta a bordo, para garantizar la calidad del combustible, su especificación correcta y la seguridad de los procedimientos. A estos efectos, se establecen: a) Los requisitos relativos a la calidad del combustible. b) Las especificaciones que deben cumplir las instalaciones empleadas en su almacenamiento. c) Las características de los equipos de puesta a bordo. d) Los procedimientos de calidad y control que deben seguirse. e) Las obligaciones de formación del personal implicado en las operaciones incluidas en el ámbito de aplicación de esta disposición. f) Las obligaciones en materia de seguridad operacional. g) Las responsabilidades de quienes intervienen en el suministro de combustible para las aeronaves, desde su producción o importación, hasta su puesta a bordo.
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