Art. Disposición final segunda
8 / 8En vigor desde 20 mar 2020
La presente orden surtirá plenos efectos a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y mantendrá su eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma.
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Proeli/es/o/2020/03/19/tma258#disposicion-final-segunda