Art. 12
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 12

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En vigor desde 18 mar 2022
La presentación de la reclamación ante la Agencia suspenderá o interrumpirá los plazos de caducidad y de prescripción de acciones que resulten de aplicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 4 de la Ley 7/2017, de 2 de noviembre.
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