Art. 5

Art. 5

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En vigor desde 1 dic 2008
Las características técnicas que habrán de tener los equipos para el acceso y utilización del registro electrónico del Fondo de Garantía Salarial, figuran en el anexo III de la presente Orden, y sus posibles actualizaciones se darán a conocer en todo momento en el enlace habilitado para dicho registro en la oficina virtual del servidor corporativo del Organismo (www.registro.fogasa.mtin.es).
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eli/es/o/2008/10/07/tin2942#art-5