Título REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO GENERAL, LA COMISIÓN EJECUTIVA CENTRAL Y LAS COMISIONES EJECUTIVAS TERRITORIALES DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL›Capítulo CAPÍTULO 3
Art. 23
28 / 29En vigor desde 11 ago 2009
Las Comisiones Ejecutivas Territoriales podrán funcionar en Pleno o en Subcomisión de ámbito territorial inferior.
El Pleno de las Comisiones Ejecutivas Territoriales se reunirá dos veces al año, así como a instancia del Presidente o de una tercera parte de sus miembros. Por su parte, las Subcomisiones se reunirán tantas veces como sea necesario para el correcto desarrollo de sus funciones.
En cuanto a la convocatoria, orden del día, constitución válida, toma de acuerdos y competencias de sus miembros, será de aplicación lo establecido en este Reglamento para el Consejo General y la Comisión Ejecutiva Central.
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Proeli/es/o/2009/07/31/tin2189#art-23