Título REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO GENERAL, LA COMISIÓN EJECUTIVA CENTRAL Y LAS COMISIONES EJECUTIVAS TERRITORIALES DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL›Capítulo CAPÍTULO 3
Art. 21
26 / 29En vigor desde 11 ago 2009
1. Las Comisiones Ejecutivas Territoriales están constituidas por los siguientes miembros:
a) Seis vocales del Servicio Público de Empleo Estatal, uno de los cuales será el Coordinador Territorial que actuará como Presidente y los restantes serán designados por el titular de la Dirección General del Organismo.
b) Seis vocales designados por las organizaciones sindicales más representativas a nivel estatal, y a nivel de comunidad autónoma, si en dicho ámbito territorial las hubiera, designadas por el órgano competente del sindicato correspondiente. En todo caso, se entenderá que debe guardar la misma proporción que en el ámbito estatal.
c) Seis vocales designados por las organizaciones empresariales más representativas a nivel estatal.
2. Actuará como Secretario, sin voz ni voto, sólo a efectos administrativos, un funcionario del Servicio Público de Empleo Estatal, designado por el Presidente de la correspondiente Comisión Ejecutiva Territorial.
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Proeli/es/o/2009/07/31/tin2189#art-21