Capítulo CAPÍTULO II
Art. 4
4 / 20En vigor desde 26 sept 2019
1. La solicitud de certificación se realizará en la sede electrónica de la forma que se especificará en la Orden de convocatoria.
2. En la solicitud se indicará claramente el modelo y nivel de excelencia, de entre los señalados en el artículo 3.3 de esta Orden, en el que la organización solicitante aspira a ser reconocida, así como si desea ser candidata al Premio a la Excelencia en la Gestión Pública al que se refiere el capítulo III de esta Orden, en su caso.
3. En la solicitud se anexarán los documentos que se determinen en la Orden de convocatoria.
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/2019/09/18/tfp967#art-4