Art. 5
5 / 11En vigor desde 10 may 2019
En casos de vacante, ausencia, enfermedad, u otra causa legal, el Presidente será sustituido por el miembro del órgano colegiado de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden.
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Proeli/es/o/2019/04/30/tfp516#art-5