Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

4 / 5
En vigor desde 11 ene 2020
1. La Directora de la Oficina de Conflictos de Intereses podrá adoptar cuantas resoluciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Orden. 2. La admisión de nuevos trámites, impresos, solicitudes y modelos será difundida a través de la Subsede Electrónica del Portal FUNCIONA.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2020/01/08/tfp2#disposicion-final-primera