Art. Disposición transitoria primera
8 / 10En vigor desde 1 jul 2026
Los libros que, en el momento de la entrada en vigor de esta norma, estuvieran ya legalizados en formato papel por el Registro de Sociedades Cooperativas podrán seguirse utilizando hasta que se agoten.
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Proeli/es/o/2026/05/25/tes539#disposicion-transitoria-primera