Art. 1

Art. 1

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En vigor desde 6 may 2022
1. Esta orden tiene por objeto regular los requisitos y condiciones de funcionamiento del Registro Electrónico de apoderamientos del Fondo de Garantía Salarial, O.A. (en adelante, el Registro), en el que se inscribirán los apoderamientos que de forma voluntaria se otorguen apud acta a favor de un tercero, presencial o electrónicamente, por quien ostente la condición de interesado en un procedimiento administrativo para actuar en su nombre ante el Fondo de Garantía Salarial, O.A. 2. El Registro será único en el ámbito del Fondo de Garantía Salarial, O.A., y será accesible en la sede electrónica del organismo (en adelante sede electrónica). El Registro no tiene carácter público, por lo que solo la persona interesada, una vez identificada, podrá consultarlo electrónica o presencialmente, y acceder a la información de los apoderamientos de los que sea poderdante o apoderada. 3. Las representaciones legales no serán objeto de inscripción en el Registro.
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eli/es/o/2022/04/29/tes388#art-1