Art. 1

Art. 1

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En vigor desde 2 abr 2022
1. La Conferencia de Presidentes es el máximo órgano de cooperación política entre el Gobierno de España y los Gobiernos de las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla. 2. La Conferencia de Presidentes y sus miembros actuarán según el principio de lealtad institucional.
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