Capítulo CAPÍTULO V
Art. 25
25 / 32En vigor desde 21 jul 2023
Una vez ejecutada y verificada una actuación singular de ahorro energético, quien desee solicitar la emisión de los correspondientes CAE deberá cumplir todos los requisitos establecidos en el artículo 14 y presentar, además de los documentos e información referidos en dicho artículo, la siguiente documentación:
a) Memoria o proyecto técnico de la actuación realizada, junto con sus correspondientes planos y anexos.
b) En su caso, certificado de final de obra y certificado de la instalación.
c) Informe fotográfico de la actuación realizada.
d) Documentación que permita confirmar el ahorro de energía final resultante de la ejecución de la actuación singular, según lo dispuesto en el artículo 26, especificando además el consumo de energía final antes de acometer la actuación y el consumo de energía final una vez llevada a cabo.
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/2023/07/18/ted815#art-25