Art. 8
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 8

8 / 13
En vigor desde 16 may 2023
El incumplimiento de las obligaciones reguladas en esta orden será sancionado de conformidad con lo previsto en el régimen de inspecciones, infracciones y sanciones, regulado en el título X de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2023/04/28/ted445#art-8