Art. Tercero

Art. Tercero

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En vigor desde 1 ene 2022
Los precios unitarios de aplicación para la financiación de los pagos por capacidad para el año 2022, regulados en el anexo III de la Orden ITC/2794/2007, de 27 de septiembre, por la que se revisan las tarifas eléctricas a partir del 1 de octubre de 2007, y en la Orden ITC/3127/2011, de 17 de noviembre, por la que se regula el servicio de disponibilidad de potencia de los pagos por capacidad y se modifica el incentivo a la inversión al que hace referencia el anexo III de la Orden ITC/2794/2007, de 27 de septiembre, aplicables por la energía adquirida por los sujetos a los que se refiere la disposición adicional séptima de la Orden ITC/3860/2007, de 28 de diciembre, por la que se revisan las tarifas eléctricas a partir del 1 de enero de 2008, son: Segmento tarifario Término de energía de los pagos por capacidad (€/kWh), en b.c. Periodo 1 Periodo 2 Periodo 3 Periodo 4 Periodo 5 Periodo 6 1 0,001444 0,000241 2 0,001952 0,000902 0,000601 0,00045 0,00045 3 0,000837 0,000386 0,000257 0,000193 0,000193 4 0,000837 0,000386 0,000257 0,000193 0,000193 5 0,000837 0,000386 0,000257 0,000193 0,000193 6 0,000837 0,000386 0,000257 0,000193 0,000193
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