Art. Disposición adicional tercera

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 31 dic 2023
Las medidas contenidas en esta orden tendrán en consideración lo dispuesto en las estrategias marinas de sus respectivas demarcaciones, elaboradas de conformidad con lo previsto en la Ley 41/2010, de 29 de diciembre, y contribuirán a lograr sus objetivos ambientales.
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eli/es/o/2023/12/26/ted1416#disposicion-adicional-tercera